viernes, 10 de junio de 2016

Contrato de mediacion

CONTRATO DE MEDIACIÓN COMERCIAL INTERNACIONAL



Fecha: 10/06/2016


De una parte:

EL PEDREGAL S.A , con domicilio Jr. Monte Rey N˚355 Piso 11 Chacarilla, Surco – Perú con Nro. De Ruc: 20336183791


Y la otra:

Don Jorge Luis Huamán Flores, 23 años, Universitario, con domicilio en Jesús María – Lima – Perú, con Nro. De DNI 48087960


Ambas partes se reconocen capacidad mutua legal para obligarse y manifiestan lo siguiente

·         Que la empresa EL PEDREGAL S.A , que tiene como principal actividad la operatividad de comercio exterior

·         Que Jorge Luis Huamán Flores tiene amplia experiencia en la compraventa de productos en mercados internacionales, estando por ello en condiciones de obtener para la empresa pedidos en firme sus productos con destino a la empresa EL PEDREGAL S.A , con domicilio en Jr. Monte Rey N˚355 Piso 11 Chacarilla, Surco – Perú, al haber sido requerida por esta para la búsqueda de productos de tipo de los fabricados por la empresa


·         Que han llegado a un acuerdo mediante el cual, el intermediario se encargara de llevar a cabo la actividad de intermediación necesaria para gestionar la venta, por cuenta de la Empresa a la compradora, de los productos que se describen en el presente contrato, todo ello de acuerdo a los siguientes pactos:


OBJETIVO DEL CONTRATO:

El objetivo específico del Contrato será la mediación del intermediario en la venta  al Comprador:

Producto: Uvas Frescas
Partida arancelaria: 0806100000


FUNCIONES DEL INTERMEDIARIO:

La intervención del Intermediario comprenderá, entre otras, las siguientes actuaciones:

Obtener de la Compradora un pedido de compra por escrito por una cantidad de 2,000 unidades del producto descrito en este Contrato, en condiciones de entrega FOB, al precio unitario de US$. 12.00 a través de pago efectivo o crédito

Remetir a la Empresa el pedido indicado en el apartado anterior en un plazo máximo de 15 días naturales, a contar desde su emisión por la Compradora

Confirmar a la Compradora          el referido pedido, tan pronto haya obtenido la aceptación de la Empresa, para lo cual se establece un plazo máximo de 15 días naturales a contar desde la recepción del pedido por parte de la Empresa.

Verificar en las instalaciones de la Empresa la idoneidad de los productos a suministrar  por esta, así como la idoneidad del embalaje, suscribiendo el efecto un documento de conformidad en relación a las exigencias impuestas por la Compradora,








 

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