CONTRATO DE MEDIACIÓN COMERCIAL INTERNACIONAL
Fecha: 10/06/2016
De una parte:
EL PEDREGAL S.A , con domicilio Jr. Monte Rey N˚355 Piso 11
Chacarilla, Surco – Perú con Nro. De Ruc: 20336183791
Y la otra:
Don Jorge Luis Huamán
Flores, 23 años, Universitario, con domicilio en Jesús María – Lima – Perú, con
Nro. De DNI 48087960
Ambas partes se reconocen capacidad mutua legal para
obligarse y manifiestan lo siguiente
·
Que la empresa EL PEDREGAL S.A , que tiene como principal actividad la
operatividad de comercio exterior
·
Que Jorge Luis Huamán Flores tiene amplia
experiencia en la compraventa de productos en mercados internacionales, estando
por ello en condiciones de obtener para la empresa pedidos en firme sus
productos con destino a la empresa EL PEDREGAL S.A , con domicilio en Jr. Monte Rey N˚355 Piso
11 Chacarilla, Surco – Perú, al haber sido requerida por esta para la búsqueda
de productos de tipo de los fabricados por la empresa
·
Que
han llegado a un acuerdo mediante el cual, el intermediario se encargara de
llevar a cabo la actividad de intermediación necesaria para gestionar la venta,
por cuenta de la Empresa a la compradora, de los productos que se describen en
el presente contrato, todo ello de acuerdo a los siguientes pactos:
OBJETIVO DEL CONTRATO:
El objetivo
específico del Contrato será la mediación del intermediario en la venta al Comprador:
Producto: Uvas
Frescas
Partida
arancelaria: 0806100000
FUNCIONES DEL INTERMEDIARIO:
La intervención
del Intermediario comprenderá, entre otras, las siguientes actuaciones:
Obtener de la
Compradora un pedido de compra por escrito por una cantidad de 2,000 unidades
del producto descrito en este Contrato, en condiciones de entrega FOB, al
precio unitario de US$. 12.00 a través de pago efectivo o crédito
Remetir a la
Empresa el pedido indicado en el apartado anterior en un plazo máximo de 15 días
naturales, a contar desde su emisión por la Compradora
Confirmar a la
Compradora el referido pedido,
tan pronto haya obtenido la aceptación de la Empresa, para lo cual se establece
un plazo máximo de 15 días naturales a contar desde la recepción del pedido por
parte de la Empresa.
Verificar en
las instalaciones de la Empresa la idoneidad de los productos a
suministrar por esta, así como la
idoneidad del embalaje, suscribiendo el efecto un documento de conformidad en
relación a las exigencias impuestas por la Compradora,
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Tu opinión importa !!!!!!!!!
Saludos crema