El incoterm CIF, cuyas siglas responden al término inglés "Cost, Insurance and Freight"(Costo, Seguro y Flete) , indica que el vendedor debe responsabilizarse de hacer llegar la mercancía al puerto de destino acordado con el comprador a bordo del medio de transporte que el vendedor decida, así como del pago del coste del flete internacional y del seguro. A diferencia de los incoterms de otros grupos, en el caso del incoterm CIF la transferencia del riesgo se realiza en el momento en que la mercancía ha sido cargada a bordo del barco en el muelle del puerto de origen, independientemente de si el vendedor paga o no el flete internacional.
IMPORTANTE: El incoterm CIF es exclusivo del medio marítimo
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR BAJO CIF
- Entrega de la mercancía y documentos necesarios
 - Empaquetado y embalaje
 - Transporte interior en el país de origen
 - Aduana en origen
 - Gastos de salida
 - Flete internacional
 - Seguro
 
OBLIGACIONES DEL COMPRADOR BAJO CIF
- Pago de la mercancía
 - Gastos de llegada
 - Aduana en destino
 - Transporte interior en el país de destino
 - Pago de aranceles
 
EJEMPLO
Renacer Express es un agente de Carga y Mudanzas Internacionales, especialistas en América Latina.
Renacer Express realiza Servicio Aéreo y Marítimo, oficinas propias en Colombia, Ecuador, Bolivia, Perú, Paraguay, Rep. Dominicana. Envío Aéreo bajo la modalidad Courier salidas semanales, entregas en 8 días.
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NIF O CIF de la empresaB73741290
VIDEO
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