lunes, 7 de abril de 2014

MODALIDAD DE GARANTÍA

a)     GARANTÍA EN EFECTIVO
Consiste en un depósito efectuado en la cuenta bancaria o en la caja de la Sunat, ya sea en efectivo o mediante cheque de gerencia. La diferencia es sutil puesto que dicho depósito no significa que se haya aceptado la obligación de pago por parte del interesado, sino que funciona de una manera similar a las arras. El comprobante que suele emitir la Autoridad Aduanera en este caso, se denomina “Orden de Depósito en Garantía”.



  



Integrante:
-Díaz Arrieta Rosa Angélica del Pilar


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