La Hipoteca
La hipoteca propiamente dicha es la garantía
que el deudor, u otro por él, proporciona al que presta el dinero. Consiste en
que un bien inmueble (o varios) se ofrece y sujeta como garantía de que se va a
devolver el dinero prestado, de manera que si éste no se devuelve en los plazos
pactados, el acreedor, con unos procedimientos ejecutivos abreviados, puede
instar la venta en pública subasta el inmueble hipotecado para cobrar lo que se
le debe, quedando el sobrante para otros acreedores o, en su defecto, para el
deudor.
Como el acreedor tiene la garantía del
inmueble es por lo que se puede conceder prestamos hipotecarios a bajo interes
y a largo plazo.El inmueble no es propiedad del Banco por el hecho de que haya concedido la hipoteca; en todo momento es propiedad de quien lo compró quien lo puede vender o alquilarlo o incluso volverlo a hipotecar, dentro de los limites legales.
Requisitos de la garantía hipotecaria:
- En primer lugar, es accesoria. No es exigible si no existe una obligación principal que va a garantizar. Normalmente, la hipoteca garantiza un préstamo.
En la
mayoría de los casos, este es un préstamo bancario (o hipoteca bancaria) que se
otorga precisamente con el fin de adquirir el inmueble que a su vez va a
hipotecarse.
Si el
préstamo con garantía hipotecaria no se paga en las condiciones pactadas, el banco
ejecuta la hipoteca, es decir, intenta un procedimiento judicial mediante el
cual se procederá en última instancia a vender el inmueble.
- En segundo lugar, debe constituirse en documento público (escritura pública, testamento, documento judicial o administrativo) e inscribirse éste en el registro de la propiedad: hasta entonces no existe hipoteca.
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