Nota de Crédito Negociable

1.
Deben de ser emitidas a la
orden del que solicita la devolución.
2.
Se debe señalar cual es el
concepto por el cual se emiten estos comprobantes.
3.
Se pueden transferir a
terceros, siempre en cuando los comprobantes estén endosados.
4.
Es documento tiene vigencia de
ciento ochenta días a partir de la fecha de su emisión.
5.
Es posible usar este tipo de
comprobantes para pagar una o más deudas tributarias contenidas en un solo
formulario.
6.
Tienen poder cancelatorio para
el pago de sanciones, impuestos, intereses y recargos que sean ingreso del
Tesoro Público.
7.
Estos documentos son
registrados por dos funcionarios debidamente autorizados por la SUNAT.
Un punto importante que debe tener en cuenta un contribuyente es que las
notas de crédito negociable pueden ser absueltas de forma inmediata y en la
misma fecha que se le entrega ese documento al contribuyente, mediante el giro
de un cheque no negociable.
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Saludos crema