miércoles, 13 de abril de 2016

HIPOTECA

Hipoteca

 
 
 
 
 
1. DEFINICIÓN
 

Es un derecho real de garantía, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente de pago de un crédito o préstamo), que confiere a su titular un derecho de realización de valor de un bien, (generalmente inmueble) el cual, aunque gravado, permanece en poder de su propietario, pudiendo el acreedor hipotecario, en caso de que la deuda garantizada no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta forzosa del bien gravado con la hipoteca, cualquiera que sea su titular en ese momento para, con su importe, hacerse pago del crédito debido, hasta donde alcance el importe obtenido con la venta forzosa promovida para la realización de los bienes hipotecados.

 
2. CARACTERÍSTICAS

 
  • Derecho real accesorio o de garantía.
  •  Carácter inmobiliario. Esta característica no existe en el derecho español, porque en el mismo si se encuentra consagrada la hipoteca mobiliaria, la que no encuentra consagración en el derecho peruano.
  • Constitución de la hipoteca por el deudor o por un tercero.
  • No hay desplazamiento del bien ni desposesión.
  • Especialidad. Esta característica no existe en la hipoteca general.
  • Indivisibilidad.
  • Publicidad. Esta característica no existe en la hipoteca oculta.

  
 
 
 
 
 
3. CLASES DE HIPOTECA
 
 
  • Hipoteca mobiliaria e inmobiliaria :La hipoteca inmobiliaria es la que recae sobre bienes inmuebles y la hipoteca mobiliaria es la que recae sobre bienes muebles. De estas dos clases de hipoteca la mas conocida y utilizada en todos los ordenamientos sustantivos es la hipoteca inmobiliaria. En cuanto a la hipoteca mobiliaria podemos afirmar que en algunos supuestos remplaza a la prenda con entrega jurídica
  • Hipoteca en general y especial: La primera  recae sobre todos los bienes inmuebles del deudor y la segunda recae sólo sobre un bien o bienes. Sólo la segunda se encuentra regulada en el derecho peruano
  • Hipoteca en convencional y legal: La primera hipoteca surge por acuerdo de partes y la segunda en los supuestos que establece la ley. Ambas hipotecas se encuentran reguladas en el derecho peruano.
  • Hipoteca regulada por el Código Civil e hipoteca regulada por otras normas: Igualmente ambas hipotecas se encuentran reguladas en el derecho peruano.
  • Hipoteca inscrita e hipoteca oculta: Siendo la primera la que corre inscrita en registros públicos y la segunda la que no corre inscrita. Esta última no se encuentra regulada en el derecho peruano.
 
 
4. INTERVINIENTES EN LA HIPOTECA
 
En la hipoteca normalmente intervienen el deudor (propietario) y acreedor pero otras veces intervienen el deudor, acreedor y además un tercero que es el propietario del inmueble. Sin embargo, en otras oportunidades la hipoteca sólo es otorgada por el propietario, supuesto en el cual se denomina hipoteca .
 
 
5. NORMAS APLICABLES
 
Las normas aplicables peruanas son el Código Civil Peruano de 1984, Código Procesal Civil Peruano de 1993, el reglamento de inscripciones y el reglamento del registro de predios y otras normas que regulan la hipoteca.





 
 
 

 

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