viernes, 6 de junio de 2014

Modelo de contrato de compra venta internacional

El siguiente modelo de contrato de compra venta internacional de mercancías es el usado por la empresa EXPORT HASS PERÚ EIRL con sus distintos clientes compradores.

MODELO DE CONTRATO DE COMPRA - VENTA INTERNACIONAL
Conste por el presente documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte EXPORT HASS PERU EIRL, con RUC  N° 1364589367125,  inscrita en los Registros Públicos, debidamente representada por su Gerente General, Srta Lisbeth Peralta, identificado con Libreta Electoral N° 45816592, a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa ABC SAC, con domicilio en AAA, debidamente representada por su Encargado de compras, señor MNP, en adelante EL COMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: Objeto del contrato
Mediante el presente documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes:
Exportación de palta de la variedad Hass con las siguientes características y especificaciones:
  • Forma oval piriforme mediano
  • Peso aproximado entre 200 a 300 gramos (Calibre 12 – 22)
  • Cascara granular medianamente gruesa
  • Color verde purpura (madurez relativa)
La cantidad será 6,965 cajas de 4 Kg de paltas, en total son 27,860 kg, contenidas en 16 pallets en un contenedor High Cube de 40 pies.
SEGUNDA: Precio
El precio de la mercadería descrita en la cláusula anterior asciende a la suma de  $ 38,168
TERCERA: Condiciones de entrega
Las partes acuerdan que la venta pactada a través del presente contrato se hará en términos FOB (significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido).
CUARTA: Tiempo de entrega
Las partes convienen en que la entrega de la mercadería objeto del presente contrato se realizará después de 20 días de la fecha de embarque, fecha en la cual EL VENDEDOR deberá cumplir con esta obligación.
QUINTA: Forma de entrega
EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega de la mercadería objeto del presente contrato en el tiempo y lugar señalado en el mismo y cumpliendo con las especificaciones siguientes:
En cuanto al envase y embalaje se va a considerar los siguientes:
  • Cajas de cartón corrugado para transportar 4Kg de palta (aproximada 16 paltas) con el logo de la empresa.
  • Las dimensiones de la cajas son las siguientes:28.5 x 37 x 10.3 cm
  • Container con atmosfera controlada de 40 pies High Cube con capacidad para "6,965" cajas
La forma de transporte a utilizar será bajo la modalidad de transporte marítimo y la empresa transportista será la Naviera NYK Logistics
SEXTA: Inspección de los Bienes
Las partes convienen en que la inspección de la mercadería será realizada  antes del embarque en Aduanas Callao.
SEPTIMA: Condiciones de pago
EL COMPRADOR se obliga al cumplimiento del pago del precio estipulado en la cláusula segunda bajo la modalidad de Carta de crédito confirmada irrevocable a 40 días después de la fecha de embarque.
OCTAVA: Documentos
EL VENDEDOR deberá cumplir con la presentación de los siguientes documentos:
  • Certificado de origen
  • Declaración única de Aduanas
  • Factura comercial
  • Conocimiento de embarque marítimo (Bill of Lading)
  • Packing list
  • Control de los residuos de plaguicidas en productos alimenticios de origen vegetal y animal.*
  • Control sanitario de los productos alimenticios de origen no animal*
  • Etiquetado de productos alimenticios*
  • Normas de comercialización de las frutas y hortalizas frescas – general*
  • Control fitosanitario*
  • Productos de producción ecológica*
 (*) Estos documentos son solicitados por la Unión Europea cuando se trata de productos alimenticios
NOVENA: Resolución del Contrato
Las partes podrán resolver el presente contrato si se produce el incumplimiento de alguna de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
DÉCIMA: Responsabilidad en la Demora
Si se modifica el tiempo de entrega disminuirá el valor de la mercancía en un 10% por cada día de demora.
DÉCIMO PRIMERA: Ley Aplicable
Las partes acuerdan que la ley para las obligaciones estipuladas en el presente contrato será la de la Convención de las Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional.
DÉCIMO SEGUNDA: Solución de Controversias

Para los efectos del presente contrato, las partes contratantes señalan como sus domicilios los mencionados en la parte introductoria de este documento, sometiéndose ambas partes al arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de Lima, a cuyas normas y procedimiento se someten de manera voluntaria.

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