El siguiente modelo de contrato de compra venta internacional de mercancías es el usado por la empresa EXPORT HASS PERÚ EIRL con sus distintos clientes compradores.
MODELO DE CONTRATO DE COMPRA - VENTA
INTERNACIONAL
Conste por el presente
documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte
EXPORT HASS PERU EIRL, con RUC N° 1364589367125, inscrita en los
Registros Públicos, debidamente representada por su Gerente General, Srta Lisbeth
Peralta, identificado con Libreta Electoral N° 45816592, a quien en adelante se
le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa ABC SAC, con
domicilio en AAA, debidamente representada por su Encargado de compras, señor
MNP, en adelante EL COMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: Objeto del
contrato
Mediante el presente
documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de
mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes:
Exportación de palta de
la variedad Hass con las siguientes características y especificaciones:
- Forma
oval piriforme mediano
- Peso
aproximado entre 200 a 300 gramos (Calibre 12 – 22)
- Cascara
granular medianamente gruesa
- Color
verde purpura (madurez relativa)
La cantidad será 6,965
cajas de 4 Kg de paltas, en total son 27,860 kg, contenidas en 16 pallets en un
contenedor High Cube de 40 pies.
SEGUNDA: Precio
El precio de la
mercadería descrita en la cláusula anterior asciende a la suma de $
38,168
TERCERA: Condiciones de entrega
Las partes acuerdan que
la venta pactada a través del presente contrato se hará en términos FOB
(significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la
borda del buque en el puerto de embarque convenido).
CUARTA: Tiempo de entrega
Las partes convienen en
que la entrega de la mercadería objeto del presente contrato se realizará
después de 20 días de la fecha de embarque, fecha en la cual EL VENDEDOR deberá
cumplir con esta obligación.
QUINTA: Forma de entrega
EL VENDEDOR se obliga a
hacer entrega de la mercadería objeto del presente contrato en el tiempo y
lugar señalado en el mismo y cumpliendo con las especificaciones siguientes:
En cuanto al envase y embalaje se va a
considerar los siguientes:
- Cajas de cartón corrugado para
transportar 4Kg de palta (aproximada 16 paltas) con el logo de la empresa.
- Las dimensiones de la cajas son
las siguientes:28.5 x 37 x 10.3 cm
- Container con atmosfera
controlada de 40 pies High Cube con capacidad para "6,965" cajas
La forma de transporte a utilizar será
bajo la modalidad de transporte marítimo y la empresa transportista será la
Naviera NYK Logistics
SEXTA: Inspección de los Bienes
Las partes convienen en
que la inspección de la mercadería será realizada antes del embarque
en Aduanas Callao.
SEPTIMA: Condiciones de pago
EL COMPRADOR se obliga
al cumplimiento del pago del precio estipulado en la cláusula segunda bajo la
modalidad de Carta de crédito confirmada irrevocable a 40 días después de la
fecha de embarque.
OCTAVA: Documentos
EL VENDEDOR deberá cumplir con la
presentación de los siguientes documentos:
- Certificado
de origen
- Declaración
única de Aduanas
- Factura
comercial
- Conocimiento
de embarque marítimo (Bill of Lading)
- Packing
list
- Control de los residuos de plaguicidas
en productos alimenticios de origen vegetal y animal.*
- Control sanitario de los
productos alimenticios de origen no animal*
- Etiquetado
de productos alimenticios*
- Normas de comercialización de las
frutas y hortalizas frescas – general*
- Control
fitosanitario*
- Productos
de producción ecológica*
(*) Estos documentos son
solicitados por la Unión Europea cuando se trata de productos alimenticios
NOVENA: Resolución del Contrato
Las partes podrán
resolver el presente contrato si se produce el incumplimiento de alguna de las
obligaciones estipuladas en el presente contrato.
DÉCIMA: Responsabilidad en la Demora
Si se modifica el tiempo
de entrega disminuirá el valor de la mercancía en un 10% por cada día de
demora.
DÉCIMO PRIMERA: Ley Aplicable
Las partes acuerdan que
la ley para las obligaciones estipuladas en el presente contrato será la de la
Convención de las Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional.
DÉCIMO SEGUNDA: Solución de
Controversias
Para los efectos del
presente contrato, las partes contratantes señalan como sus domicilios los
mencionados en la parte introductoria de este documento, sometiéndose ambas
partes al arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio
Internacional de Lima, a cuyas normas y procedimiento se someten de manera
voluntaria.
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